Con fundamento lo expuesto anteriormente, este Juzgado Segundo de los Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica y por Autoridad de la Ley, Declara: Perimida la Pretensión que por Desalojo, interpusiera el IRENE MAGDALENA RIVAS DE MORA, a través de apoderados contra JOSFINA RONDON, todos identificados en el encabezamiento del presente fallo y en consecuencia extinguido el proceso.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA CERTIFICADA PARA ARCHIVO.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de lo Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Guacara a los 20 días del mes de Marzo de 2006. Años 195° de la Independencia y 1476° de la Federación.
LA JUEZ PROVISORIO
Abg. SANDRA BRETT CASTILLO
LA SECRETARIA
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