Con fundamento en lo expuesto anteriormente, este Juzgado Segundo de los Municipio Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la Republica de Venezuela y por Autoridad de la Ley imparte la correspondiente homologación al presente desistimiento, por lo que tendrá
carácter de cosa juzgada. Librese Copia Certificada del presente auto para el copiador de sentencia. Ofíciese a la Dirección de Recursos Humanos de la Alcaldía del Municipio Valencia, a fin de hacer de su conocimiento del contenido de dicho acto así como que a partir de la presente fecha suspendan las retenciones efectuadas al trabajador Aristide José Pacheco y se le reintegren las sumas retenidas y no enviadas a este despacho. Ofíciese al Banco Industrial de Venezuela, Agencia Guacara, cancelando la cuenta. Archivase el expediente.
LA JUEZ PROVISORIO,
Abg. SANDRA BRETT CASTILLO
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