Con fundamento a lo antes expuesto, este Juzgado Segundo de los Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, imparte la correspondiente homologación a la presente transacción, por lo que homologada tendrá carácter de cosa juzgada. Déjese copia certificada para el Copiador de Sentencias. Archivese el expediente una vez libradas las copias certificadas del presente auto, solicitadas verbalmente por las partes. Guacara, a los Diez (10) días del mes de Abril de 2006. Años 195° y 147°.
LA JUEZ PROVISORIO,
Abg. SANDRA BRETT CASTILLO,
LA SECRETARIA
JEALI BENITEZ ESTRAÑO
En la misma fecha del auto anterior se procedió com.....