Por las razones antes expuestas este Juzgado Primero de los Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente ACCIÓN MERO DECLARATIVA, formulada por los ciudadanos: MIGUEL ANGEL CONTRERAS GARCIA y NELLY COROMOTO DURAN RODRIGUEZ, debidamente identificados en autos, con fundamento en el artículo del Código de Procedimiento Civil vigente. En consecuencia SE DECLARA la existencia de la relación concubinaria entre los ciudadanos antes mencionados, desde la fecha el cinco (05) de enero del año mil novecientos ochenta y uno (1.981), según lo han señalado las partes.