DECISION
Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Primero de los Municipios Guacara y San Joaquín de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la presente acción de DESALOJO, intentada por la abogada LETICIA HERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 86.419, quien actúa como apoderada judicial de la ciudadana ANA PROVIDENCIA MONASTERIO ARTEAGA, venezolana, mayor de dad, portadora de la cédula de identidad número V- 4.115.096, domiciliada, contra el ciudadano HENNEL PAVEL NIÑO QUEVEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-12.783.590.-
En consecuencia, se ordena: PRIMERO: El desalojo del bien inmueble constituido por una casa de habitación ubicada en la calle "B", sector "E", número 112, de la Urbanización Turumo del Municipio Guacara, del Estado Carabobo; SEGUNDO: El pago de la cantidad de Bs. 1.040.446,10, por concep.....