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Decisiones del dia 25/07/2005

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Tercero del Municipio Puerto Cabello
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 893(Auto) N° Sentencia : Fecha: 25/07/2005
Procedimiento:
Medida De Embargo Ejecutivo
Partes:
SANTIAGO ELÍAS MENDOZA GUDIÑO Y ENTIDAD MERCANTIL VIGILANCIA PRIVADA
Resumen:
Vista la diligencia que antecede suscrita por el abogado SANTIAGO ELÍAS MENDOZA GUDIÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 57.252, con el carácter de autos, se acuerda de conformidad lo solicitado y de acuerdo a lo preceptuado en el artículo 526 del Código de Procedimiento Civil, procédase a su ejecución. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 527 ejusdem, se decreta medida EJECUTIVA DE EMBARGO, sobre bienes propiedad de la ejecutada de autos, Entidad Mercantil VIGILANCIA PRIVADA "SILGUA", C.A., hasta alcanzar la suma de: DOS MILLONES CIENTO SETENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SETENTA BOLIVARES (Bs. 2.177.670,00), que comprende el doble de la cantidad ejecutada a pagar, representada en: UN MILLON OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO BOLIVARES (Bs. 1.088.835,00). En caso de embargarse dinero en efectivo, se hará por la cantidad de: DOS MILLONES QUINIENTOS CUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTE BOLÍVARES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs. 2.504.320,50), que comprend.....
Juez/Ponente:
Alicia María Torres Hernandez
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Puerto Cabello
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N° Expediente : 893(ExhortodeMedida) N° Sentencia : Fecha: 25/07/2005
Procedimiento:
Medida De Embargo Ejecutivo
Partes:
ALFREDO JOSÉ LAUSER, ASISTIDO POR EL ABOGADO SANTIAGO ELÍAS MENDOZA GUDIÑO Y ENTIDAD MERCANTIL VIGILANCIA PRIVADA "SILGUA", C,A.,
Resumen:
JUZGADO TERCERO............ Puerto Cabello, 25 de Julio de 2005. De conformidad con lo establecido en el artículo 526 del Código de Procedimiento Civil. Igualmente de conformidad con lo establecido en el artículo 527 Ejusdem, se decreta medida EJECUTIVA DE EMBARGO, sobre bienes propiedad del ejecutado de autos, Entidad Mercantil: VIGILANCIA PRIVADA "SILGUA" C.A., hasta alcanzar la suma de: DOS MILLONES CIENTO SETENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SETENTA BOLIVARES (Bs. 2.177.670,oo), que comprende el doble de la cantidad ejecutada a pagar, representada en: UN MILLON OCHENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO BOLIVARES (Bs. 1.088.835,oo), más las costas y costos del proceso calculados por el Tribunal, en cantidad de: TRESCIENTOS VEINTISEIS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES CON CINCUENTA CENTIMOS(Bs. 326.650,50). En caso de embargarse dinero en efectivo, se hará por la cantidad de: DOS MILLONES QUINIENTOS CUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTE BOLIVARES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs. 2.504.320,50), .....
Juez/Ponente:
Alicia María Torres Hernandez
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Puerto Cabello
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