CAPITULO II.
PARTE DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Juzgado Tercero de Municipio, del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA
CON LUGAR, la falta de cualidad de las ciudadanas AHIDA PEREZ y SOLANGEL HERNANDEZ, asistidas por el abogado EDGAR OVIOL, ya identificados, por haber sido impugnados los instrumentos públicos consignados en copias simples, que demostraban su legitimación activa para sostener el presente juicio.
SIN LUGAR la Pretensión Jurídica que por DESALOJO, interpusieran las ciudadanas AHIDA PEREZ y SOLANGEL HERNANDEZ, asistidas por el abogado EDGAR OVIOL todos anteriormente identificados, contra el ciudadano WILSON HERNAN VERA TAPIA, igualmente identificado.
De conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena a las demandantes en costa, por haber resultado totalmente ven.....