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Decisiones del dia 09/03/2012

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Tercero del Municipio Puerto Cabello
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : GP31-S-2012-000029 N° Sentencia : PJ0062012000027 Fecha: 09/03/2012
Procedimiento:
Declaracion De Unicos Y Universales Herederos
Partes:
OJEDA PALENCIA ELADIA RAMONA.ASISTIDA POR LA ABOGADA RODRIGUEZ DIAZ NETZELY.
Resumen:
Por todo lo expuesto, este Juzgado Tercero de Municipio, del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA BASTANTE LA PRECITADA JUSTIFICACIÓN DE TESTIGOS para asegurarle a los ciudadanos OJEDA PALENCIA ELADIA RAMONA y SANCHEZ TIRSO JULIAN, ambos anteriormente identificados, su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del De-Cujus CESAR RAFAEL SANCHEZ OJEDA, con todos los derechos y atributos que la Ley acuerda, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil. Expídase por secretaria copias debidamente certificadas de la presente decisión, de acuerdo a lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Conforme se pide, devuélvase todo en original con sus resultas a la parte interesada. LA JUEZA TITULAR, Abg. ALICIA MARÍA .....
Juez/Ponente:
Alicia María Torres Hernandez
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Puerto Cabello
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N° Expediente : GN32-S-2011-000233 N° Sentencia : PJ0062012000026 Fecha: 09/03/2012
Procedimiento:
Declaracion De Unicos Y Universales Herederos
Partes:
MANZANO DE PARADAS AGUEDA VACILIA. ASISTIDA POR LA ABOGADA FELICITA COROMOTO GOMEZ IBARRA.
Resumen:
Por todo lo expuesto, este Juzgado Tercero de Municipio, del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA BASTANTE LA PRECITADA JUSTIFICACIÓN DE TESTIGOS para asegurarle a la ciudadana MANZANO DE PARADAS AGUEDA VACILIA, su condición de UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, del De-Cujus JUAN PARADAS, con todos los derechos y atributos que la Ley acuerda, quedando en todo caso a salvo los derechos de terceros, todo de conformidad con los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil. Expídase por secretaria copias debidamente certificadas de la presente decisión, de acuerdo a lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Conforme se pide, devuélvase todo en original con sus resultas a la parte interesada. LA JUEZA TITULAR, Abg. ALICIA MARÍA TORRES HERNÁNDEZ. LA SECRETARIA, Abg. Bárbara Rumbos falcón. En la m.....
Juez/Ponente:
Alicia María Torres Hernandez
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Puerto Cabello
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