CAPÍTULOIII
PARTE DISPOSITIVA
Por todo lo expuesto, este Juzgado Tercero de Municipio, del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR, la Pretensión Jurídica que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, interpusiera el ciudadano ALVARO JOSÉ OJEDA GONZÁLEZ, asistido por el abogado DANNY LINAREZ, ambos anteriormente debidamente identificados, contra la SOCIEDAD MERCANTIL ¿DIÁLISIS LA VIRGEN C.A.¿, en consecuencia se condena a esta última a cancelar la suma de SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CIENTOS TREINTA Y OCHO BOLÍVARES CON DOS CÉNTIMOS (Bs. 795.138, 02), se ordena experticia complementaria del fallo, para lo cual el experto deberá calcular el ajuste monetario de las indemnizaciones reclamadas, desde que se produjo la renuncia 31-12-2003, hasta que quede firme la presente sentencia y se proceda a su ejecución, experticia q.....