Por todas las razones expuestas, este Tribunal Segundo del Municipio Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara
Sin Lugar las Cuestiones Previas opuestas por el abogado Ybraín Villegas, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 61340, en su carácter de defensor judicial de Serenos la Seguridad, C.A , (SESCA), en el juicio por cobro de prestaciones sociales seguido por el ciudadano William Rafael Tey Sánchez.
Se indica a las partes que la contestación de la demanda tendrá lugar de acuerdo a las previsiones del artículo 358 del Código de Procedimiento Civil, es decir dentro de los cinco días de despacho siguientes a la presente decisión. Al resultar la empresa totalmente vencida en esta incidencia, se condena en costas procesales, conforme a lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.