Por todos los razonamiento expuestos este Tribunal Segundo de Municipio del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley declara consumada la perención y, en consecuencia, extinguida la instancia, en el juicio por resolución de contrato de venta interpuesto por la abogada Rosana Ibrahim García, antes identificada, actuando en su condición de apoderada judicial del Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI), contra el ciudadano Guillermo Antonio Hernández, ya identificado.