Por toda las razones expuesta, este Tribunal Segundo del Municipio Puerto Cabello, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declarar Parcialmente con lugar la demanda por cobro de prestaciones sociales, interpuesta por el ciudadano Hugo Rafael Agostini, ya identificado, contra "Servitransporte Hermes C.A, y solidariamente el ciudadano Tomás Antonio Páez Heredia, ya identificados, por lo que condena a las demandadas de autos a pagarle al actor la suma de Bs. 603.440,04, mas lo que resulte de la experticia complementaria del fallo ordenada al efecto.