Cumplidas las formalidades exigidas para la evacuación de la presente solicitud y analizados como han sido los recaudos y las actuaciones acompañadas a la misma, promovida por los solicitantes y evacuadas por ante este mismo Juzgado, este tribunal considera suficientemente UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos SALVATORE D´ESPOSITO GOMEZ, ANA MARIA D´ESPOSITO GOMEZ y MONICA D´ESPOSITO GOMEZ, antes identificados de FRANCISCO D´ESPOSITO PASCALE, quien en vida fuera padre de los ciudadanos antes mencionados. Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE DECLARAR BASTANTES LAS PROBANZAS EVACUADAS para acreditarle a los ciudadanos: SALVATORE D´ESPOSITO GOMEZ, ANA MARIA D´ESPOSITO GOMEZ y MONICA D´ESPOSITO GOMEZ, el decreto de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus FRANCISCO D.....