este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 773 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, ORDENA en forma SUMARIA a la Oficina de Registro Civil del Municipio Juan José Mora, Estado Carabobo y al Registrador Principal del Estado Carabobo, estampar la debida nota marginal en el Acta de Matrimonio de la ciudadana YMAIRYS DEL MILAGRO PÉREZ PÉREZ, de la siguiente manera: Donde se lee: MILAGROS, debe decir: MILAGRO, que es lo correcto, Y ASI SE DECIDE. Expídanse las copias certificadas que fueren menester a los interesados y envíense las necesarias a las autoridades civiles competentes.
La Juez Titular
Abogada CLAUDIA OLAVARRIA
La Secretaria
Abogada MARITZA RAFFO PAIVA
En la misma fecha se cumplió lo ordenado, se expidieron co.....