REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Puerto Cabello, 19/JULIO/2006
196º y 147º
Visto el DESISTIMIENTO, efectuado por la abogada LIUXMILA RO-DRIGUEZ, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte deman-dante OTILIO RAFAEL RAMIREZ, en el juicio por DIVORCIO ORDINARIO; y no siendo tal actuación contraria a derecho, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su homologación y queda la misma en sentencia pasada con autori-dad de cosa juzgada. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente para su posterior remisión al archivo judicial.
La Juez Temporal,
Abogada CLAUDIA A. OLAVARRIA
La Secretaria,
.....