En razón de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de Pri-mera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario de la Cir-cunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: CON LUGAR la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE COMPRA-VENTA, incoada por el abogado CESAR DUBEN PEREZ, en su condición de apoderado judicial de la Sociedad de Comercio TRANSPORTE Y SERVICIOS DE CARGA HERSAN, C.A., contra la Sociedad de Comercio DES-GAMICA, DESARROLLO GAMICAL, C.A. SEGUNDO: Se ordena la protoco-lización del documento de compra-venta por ante la oficina de Registro In-mobiliario Competente de una Parcela de terreno ubicada en la Urbanización Cumbotomar, signada con el N° 2, y las construcciones sobre ellas edificadas como vivienda tipo B-2, situada en Puerto Cabello, Municipio Puerto Cabello, Urbanización Cumboto, Zona "C", del Estado Carabobo, previo cumplimien.....