Como consecuencia de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación al DESISTIMIENTO presentado por el abogado MIGUEL MURILLO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 227.063, de este domicilio, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano PEDRO JOSE ZAMBRANO, cédula de identidad Nº 4.231.345, de este domicilio; en consecuencia lo HOMOLOGA, otorgándole el carácter de COSA JUZGADA.
Se ordena la devolución de los originales solicitados por la parte actora. Se da por terminado el presente juicio, y se ordena el archivo del expediente.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, a los nueve días del mes de marzo de 2014, siendo las .....