En base a las consideraciones anteriores, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley declara EXTINGUIDO EL PROCESO, en la demanda por Divorcio interpuesta por la ciudadana Maryori Josefina Lugo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 17.248.049 de este domicilio, asistida por las abogadas Dalia Gutiérrez y Nahys Noriega, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nos. 151.972 y 106.068, respectivamente, contra el ciudadano Rafael Elbano Caldera Rodríguez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 14.379.845. Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho de este Tribunal, a los veintiún días del mes de noviembre de 2014, siendo las 12:30 meridium. Año 204° de la Independencia y 155° de la Federación.
Regístrese.....