En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PERIMIDA LA INSTANCIA, en la demanda interpuesta por la ciudadana ANGELA COROMOTO ARRAEZ SIVIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-6.442.824, de este domicilio, asistida por la Abogada MARLENE PULIDO VIDAL, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 24.305 por INTERDICCIÓN del ciudadano RAFAEL MIGUEL ARRAEZ SIVIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.251.723.