Por todas las razones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara Inadmisible la demanda merodeclarativa de unión concubinaria y acreencia de gananciales concubinarios, interpuesta por el ciudadano Rusell Arturo Fernández Mejías, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad No. 8.611.711, de este domicilio, mediante su apoderado judicial abogado Rodolfo Gerardo Verhelst Piña, cédula de identidad No.7.174.843, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 218.622, contra la ciudadana Jamilet del Carmen Delgado Clemente, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad No. 10.546.375.
Dada, firmada y sellada, en la sala de despacho de este Tribunal, en la ciudad de Puerto Cabello Estado Carabobo,.....