Por todo lo antes expuesto, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Separación de Cuerpos de los ciudadanos ESTRELLA LORENA MAGO COBOS Y DIXON RAFAEL COLMENAREZ RAAS, anteriormente identificados, en DIVORCIO y en consecuencia, disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante la Prefectura de la Parroquia Unión, Municipio Puerto Cabello del Estado Carabobo (hoy Oficina Subalterna del Registro Civil de la Parroquia Unión, del Municipio Puerto Cabello, del Estado Carabobo, el día 29 de Diciembre del año 2000, según Acta N° 79 de la referida fecha.
En la Unión Matrimonial no procrearon hijos.