Por todo lo antes expuesto, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara convertida en divorcio la Separación de Cuerpos de los ciudadanos KENNY JOSE ARTEAGA y YOLIMAR YANELY LUGO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-15.227.915 y V-17.824.910, respectivamente, y en consecuencia, disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante el Registro Civil del Municipio Cocorote del Estado Yaracuy, el día 11 de Julio del año 2001, según Acta N° 06 de la referida fecha.