En fuerza de las anteriores consideraciones, este Juzgado Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Consumada la PERENCIÓN BREVE y PERIMIDA LA INSTANCIA, por haber transcurrido el lapso establecido en el Ordinal 1º del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, sin que la parte actora retirara, publicara y consignara en el juicio de ACCION MERO DECLARATIVA, interpuesta por la ciudadana MARIA ANTONIA COVIS DE ARIAS, asistida por el abogado JOSE RAMON TOVAR OJEDA, contra los ciudadanos RUBEN ALBERTO MEDINA CAMPOS, INGRID BENEDICTA MEDINA CAMPOS, HARRISON JESUS MEDINA CAMPOS, KIMBERLIS JOSEFINA MEDINA CAMPOS y BETSY MARIAN MEDINA COVIS, todos identificados en el encabezamiento de la presente decisión; y en consecuencia EXTINGUIDO el presente proceso.....