En base a las consideraciones anteriores, este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Extensión Puerto Cabello administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la ley declara EXTINGUIDO EL PROCESO, en la demanda por Divorcio Contencioso, interpuesta por la ciudadana Maria Auxiliadora Romero Carrero, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad No. V- 8.078.854; contra el ciudadano Bruno Mújica, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-7.586.041.
Dada, firmada y sellada, en la Sala de Despacho de este Tribunal, a los diez días de mes de enero de 2014, siendo las 09:44 de la mañana Año 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
Regístrese, publíquese, y déjese copia para el copiador de sentencias
La Jueza Provisoria
Abogada Marisol Hidalgo García
La Secretaria
Abogada Raiza Le.....