Por todo lo anteriormente expuesto, éste Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara CON LUGAR la demanda de DIVORCIO interpuesta por la ciudadana ALBA MARINA GUEVARA ALCALA, contra el ciudadano LUIS ALBERTO ALVAREZ HERNANDEZ, ambos identificados; y en consecuencia queda disuelto el vinculo matrimonial que contrajeron en fecha 06 de Febrero del año 1999, por ante la Oficina Subalterna de Registro Civil de la Parroquia Bartolomé Salóm del Municipio del Puerto Cabello del Estado Carabobo, según acta N° 15, de la referida fecha.