En fuerza de las anteriores consideraciones, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR LA OPOSICION hecha A LA MEDIDA CAUTELAR DE SECUESTRO, decretada por este Tribunal en fecha 27/03/2012, según auto que riela a los folios 2 al 6, de cuaderno de medidas, y ejecutada en fecha 24/04/2012; interpuesta por la entidad mercantil TOMCAR C.A. ALMACEN, inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, con fecha 05/06/1987, bajo el Nº 5, tomo 5-B, a través de su apoderado judicial Abogado JOSE EFRAIN VALDERRAMA; en la demanda que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO siguen los Abogados EDGAR DARIO NUÑEZ ALCANTARA y RAYDA GIRALDA RIERA LIZARDO, Apoderados Jud.....