En orden a los razonamientos antes expuestos por este Juzgado Retasador del Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito y Bancario del Municipio Puerto Cabello de la Circunscripción Judicial Del Estado Carabobo, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley por unanimidad declara: PARCIALMENTE CON LUGAR LA ESTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES presentada por la Abogado MILAGRO GOMEZ MARTINEZ, venezolana, mayor de edad, jurídicamente capaz, abogada en ejercicio, titular de la Cédula de Identidad Nº V-5.442.983 e inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 55.420, en contra de la ciudadana RITA CONSUELO VARELA PORTELA de ALVAREZ, venezolana, viuda, mayor de edad, jurídicamente capaz, titular de la Cédula de identidad Nº V-8.590.384.