Visto el DESISTIMIENTO efectuado en la diligencia suscrita en fecha 20-04-06, por el abogado JOHAN ANTONIO CHACON PERAZA, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 41.396, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadano ABDEL HAMID MOHAMMAD YUSUF, con motivo del juicio por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, intentado en contra del demandado de autos, ciudadano ROBINSON RAMON RIVERO, y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre materias disponibles, es por lo que este Tribunal imparte su homologación de conformidad con lo establecido en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, homológuese el mismo y téngase como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. De igual modo, suspéndase las Medidas Preventivas de Secuestro y Embargo decretadas en fecha 25-010-05 por este Tribunal, y practicada la medida de Secuestro, en fecha 23-05-05 por el Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, .....