este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de "UNICA HEREDERA UNIVERSAL" y en consecuencia declara conforme a los autos, a la ciudadana JULIETA GONZALEZ de PADRON, supra identificada, como "UNICA HEREDERA UNIVERSAL" de la difunta MIRNA PADRON GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.383.445, quien falleció ab-intestato, en el municipio Naguanagua, estado Carabobo, en fecha 05-09-2.010, según consta del Acta de Defunción la cual se encuentra asentada bajo el Nro. 150, Tomo II, Año 2.010, en los Libros de Registro Civil de la parroquia Tocuyito, del Municipio Libertador del estado Carabobo, Estado Carabobo, dejando a salvo los derechos de terceros; Y ASÍ SE DECIDE.