Ahora bien, vista la diligencia de fecha 06/07/2011, suscrita por el abogado Alexander Alvarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 125.391, actuando con su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil Inversora Participar S.A, según consta en Poder consignado en la misma fecha, y en la cual se evidencia que la parte actora DESISTE del presente procedimiento. De igual manera, vista la solicitud realizada este Tribunal acuerda la devolución del documento original solicitado y déjese en su lugar copia fotostática debidamente certificada por secretaría del mismo, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
Por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre materias disponibles, a saber, hay legitimidad de la parte que lo suscribe (actor), así como el objeto del DESISTIMIENTO es licito, no atenta contra el orden público, este Tribunal imparte su homologación, de conformidad con lo establecido en el .....