Este Tribunal observa que no se acompaña al libelo de la demanda prueba escrita del derecho alegado, es decir, no se consignaron los documentos originales, ni de ningún tipo, circunstancia que hace aplicable lo previsto en el artículo 643 del Código de Procedimiento Civil Ordinal 2° y así se establece, razones por la cual el Tribunal INADMITE la presente acción en aplicación del referido artículo.-