Por las razones antes expuestas este Juzgado Segundo de los Municipios Valecia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado
Carabobo. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPBLICA. BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara:
1) PROCEDENTE la pretensión de resolución de contrato de arrendamiento por falta de pago del canon de arrendamiento de los meses correspondientes a abril, mayo, junio. Julio, agosto y septiembre del 2007, contenida en la demanda intentada por el ciudadano LUIS RINCONES, titular de la cédula de identidad N° V-3.571.795, asistido del abogado LUIS DOVALE HERNANDEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 7.368, contra los ciudadanos LUCIANO MARQUEZ VARGAS y BETTY DAMELY JIMENEZ; teniéndose por resuelto el mismo.
2) se condena a los demandados: a) A la devolución del inmueble distinguido con el catastral 88-24, ubicado en la calle Independencia, jurisdicción de la parroquia San Blas del Municipio Valencia.....