En consecuencia, por as razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por DESALOJO incoada por el abogado ARTURO PEÑA CELIS, Apoderado judicial de la ciudadana ROSA BLASINA OLIVEROS de PEREZ, contra la ciudadana MIRTHA ZULEIMA BASTIDA, y condena a ésta a lo siguiente: a) Al desalojo del inmueble ubicado en la Urbanización Michelena, calle 90, N° 86-63, jurisdicción de la parroquia San Blas, Municipio Valencia del Estado Carabobo, completamente desocupado de bienes y de personas. b) al pago de la cantidad de DOS MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.F. 2.000,00) por concepto de los cánones de arrendamiento vencidos y no pagados y los que se sigan produciendo hasta la fecha de entrega del inmueble. c) Al pago de las costas, costos y honorarios pr.....