En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO incoada por la ciudadana FABIOLA BUSTAMANTE IBARRA representada por la abogado ANA MARIA PEREZ, contra la ciudadana CHIRLI DANYELIS SILVA ZERPA, y condena a ésta a lo siguiente: 1) entrega del inmueble constituido por una casa ubicada en el barrio 12 de marzo, calle Principal del Caserío El Roble, del Municipio Los Guayos del Estado Carabobo, libre de bienes muebles y de personas, solventes en el pago de los servicios públicos prestados al mismo.- 2) al pago de la suma de UN MIL NOVECIENTOS BOLIVARES (Bs. 1 900,oo) actuales, por concepto de los cánones insolutos y los vencidos hasta la presente fecha. 3) al pago de las .....