Es por lo antes expuesto que, este Juzgado a los fines de dar cumplimiento con el dispositivo antes citado, ORDENA librar oficio dirigido a la DIRECCIÓN DE HACIENDA PÚBLICA DE LA ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VALENCIA, a los fines de que dicho órgano informe a la Sala Constitucional si se mantiene vigente el artículo 6 del Reglamento Parcial N° 1 de la Ordenanza sobre Actividades Económicas en Materia de Retenciones del municipio Valencia estado Carabobo, en un lapso de tres (03) días contados a partir de la fecha de su notificación. Líbrese oficio. Cúmplase lo ordenado.