III
DECISIÓN
Por las razones expresadas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
SIN LUGAR la solicitud de suspensión de los efectos del acto administrativo previsto en el artículo 263 del Código Orgánico Tributario, interpuesta el ciudadano Rafael Iván Chiquito Mercado, titular de la cédula de identidad N° V-4.223.864, en su carácter de Presidente de RAYCA CONSTRUCCIONES, C.A, inscrita por ante Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, el 21 de julio de 1997, bajo el N° 80, Tomo 850-A, y en el Registro de Información Fiscal (R.I.F) bajo el N° J-30459902-1, con domicilio en la Urbanización 11 de Abril, Pasaje el Valle Nº 9, Quinta Marilichi , detrás de Club de Sub-Oficiales, Maracay Estado Aragua, debidamente asistido por la abogada Adriana Maestracci Sisco, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 36.871,.....