este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario de Nulidad interpuesto por el abogado Brian Alfredo Matute Díaz, en su carácter de apoderado judicial de METALES EXTRUIDOS, C.A., contra el acto administrativo contenido en la resolución Nº DA/933/2011 del 23 de diciembre de 2011, emanada de la Alcaldía del MUNICIPIO VALENCIA del estado Carabobo, mediante la cual declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por la contribuyente, confirmó el reparo fiscal discriminados de la siguiente forma: impuestos causados y no retenidos, no enterados y no liquidados por la suma de bolívares fuertes ciento sesenta y dos mil setecientos setenta y cuatro bolívares con diecisiete céntimos (BsF. 162.774,17), multa por la cantidad de bolívares fuertes quinientos treinta y tres mil setecientos noventa y dos bolívares con cuarenta y tres céntimo.....