Por las razones expresadas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1) CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la abogada Alcira Padrón de Flores, en su carácter de apoderada judicial del PROAGRO, C.A., contra el acto administrativo contenido en la resolución culminatoria del sumario administrativo nº 6011 del 10 de mayo de 2005, emanado del INSTITUTO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN SOCIALISTA (INCES), mediante la cual impone multa del 10% del tributo omitido por Bs. 39.269.386,00 (BsF. 39.269,39) e intereses moratorios por Bs. 151.437.928,00 (BsF. 151.437,93) para un monto total del reparo de bolívares fuertes de ciento noventa mil setecientos siete con treinta y un céntimos (BsF. 190.707,31) para el periodo comprendido entre el 1er trimestre de 1998 hasta el 4to de 2003.
2) NULA y sin efecto legal alguno la resolución culminatoria del sumar.....