V
DECISIÓN
Por las razones expresadas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1) SIN LUGAR el recurso contencioso tributario de nulidad interpuesto por las ciudadanas Yuli T. Torres y Alexis Goitia G., en su carácter de apoderadas judiciales de INVERSIONES PINDUL, C.A., contra el acto administrativo contenido en la resolución N° 203-A/2008 del 19 de noviembre de 2008, emanada de la Alcaldía del MUNICIPIO PUERTO CABELLO del estado Carabobo, en la cual declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto por la contribuyente y ratifica la resolución Nº DAT/2008/0022 del 10 de septiembre de 2008, la cual formulo reparo, impuesto por anticipado y sanción por concepto de impuestos sobre actividades económicas causados y no liquidados, por un mono total de bolívares fuertes ciento dos mil quinientos cuarenta y siete con noventa y dos céntimos (BsF. 102.547,92).
2) CONDEN.....