V
DECISIÓN
Por las razones expresadas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1) SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por los abogados Alfredo Romero Mendoza y Yael de Jesús Bello Toro, en su carácter de apoderados judiciales de BFC BANCO FONDO COMUN, C.A., contra el acto administrativo contenido en la resolución N° DA/483/2009 del 20 de julio de 2009, emanada de la Alcaldía del MUNICIPIO VALENCIA del estado Carabobo, en la que declaró "sin lugar" y "confirmó" la resolución RL/2.009-01-068 del 27 de enero de 2009, emanada de ese mismo órgano administrativo, referida a la Oficina N° 130 Agencia Bolívar Norte, Valencia, por cuanto constató que la contribuyente para el período comprendido desde el 1° de enero de 2003 hasta el 31 de diciembre de 2007, omitió ingresos en materia de impuesto sobre actividades económicas, por bolívares fuertes siete .....