En razón de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior Contencioso Tributario de la Región Central, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA ACCIÓN POR PERDIDA DE INTERÈS, en la demanda intentada por los ciudadanos Faisal Richani Gutiérrez y Alix Ramona Gutiérrez, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.088.674 y V-3.492.616, actuando en su carácter de Representantes legales de VIVIR BIEN, C.A., plenamente identificados.