En razón de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior Contencioso Tributario de la Región Central, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA ACCIÓN POR PERDIDA DE INTERÈS, en la demanda intentada por los ciudadanos Yoel Antonio Da Silva Gómez y Roberto Gómez Silva, actuando en su carácter de Presidente y Vicepresidente de PANADERIA, PASTELERIA Y CHARCUTERIA SANTA ELENA, C.A., asistidos por el abogado Carlos Alberto Taylhardat, plenamente identificado.