Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1.-PARCIALMENTE CON LUGAR el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por los abogados Enrique Crespo Rivera, Daniel Antonio Menoni Rivas y Luis Antonio Querales Romero, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 33.091, 6.209.109 y 7.731.238 en su carácter de apoderado judicial de PURIFICADORES CARACAS, C.A., originalmente inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción del Distrito Federal(ahora Distrito Capital) y Estado Miranda, en fecha 20 de Septiembre de 1976, bajo el No. 53, Tomo 100-A y con ulteriores notificaciones por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en fecha 06 de diciembre de 2005, bajo el No. 23, Tomo 89-A, e inscrita en el Registro de Información Fiscal (RIF) con el numero J-075202678, presentarón recurso contencios.....