V
DECISÓN
Por las razones expresadas, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
1) SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por los abogados Rodolfo Paz Abreu y Antonio Planchart Mendoza, en su carácter de apoderados judiciales de CERVECERIA POLAR, C.A., contra el acto administrativo contenido en la resolución N° 6259/09 del 15 de octubre de 2009, emanada de la Superintendencia Tributaria Municipal de la Alcaldía del MUNICIPIO GIRARDOT, Servicio Autónomo de Tributación Municipal (SATRIM), del estado Aragua, mediante la cual se ratifica el reparo formulado en materia de impuesto a las actividades económicas para los ejercicios comprendidos desde octubre de 2003 hasta diciembre 2007, más multa, para un monto total de bolívares fuertes tres millones seiscientos veinticinco mil doscientos tres bolívares con dieciséis céntimos (BsF. 3.625.203,16).
2) CONDE.....