En relación a las pruebas promovidas en el CAPITULO I DEL FALSO SUPUESTO en el cual el apoderado judicial de la contribuyente invoca al mérito favorable; este tribunal declara inoficioso e inútil el mérito favorable invocado.
En cuanto al CAPITULO II DE LA COMUNIDAD DE LAS PRUEBA presentado por el apoderado judicial de la contribuyente, este tribunal observa que el promovente se refiere al principio de comunidad de la prueba de lo que se verifica que no se trata de una prueba manifiestamente legal y pertinente sino como anteriormente se señaló se trata de un principio procesal; en base a lo razonado este juzgado mantiene el criterio jurisprudencial de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia del veintiséis (26) de febrero de dos mil dos (2.002) Exp. Nº 11240 con ponencia del Magistrado Levis Ignacio Zerpa.
En cuanto al CAPITULO III DE LA EXHIBICIÒN DE DOCUMENTOS se admite cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva por considerar que es l.....