V
DECISIÓN
En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1) CON LUGAR la acción de amparo constitucional autónoma, recibida en este Tribunal el 30 de mayo del presente año, interpuesta por el ciudadano Fabio Castellano Villamil, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 80.617, actuando en su carácter de apoderado judicial de CORPORACIÒN PRATO, C.A, en la cual formalmente solicita Amparo Constitucional, contra las Actas de Comiso números SNAT/INA/APPC/DO-UR-2008-000160, SNAT/INA/APPC/DO-UR-2008-000161 y SNAT/INA/APPC/DO-UR-2008-000162, todas del 18 de enero de 2008, emanadas de la Gerencia de la Aduana Principal de Puerto Cabello adscrita al SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE LA ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), mediante las cuales aplicaron pena de comiso a tres lotes de motocicletas 80CC, 125CC .....