Por todo lo antes expuesto, en virtud de que el recurrente del caso de marras, no esta asistido por abogado tal y como lo exige la ley, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario, declara INADMISIBLE el presente recurso contencioso tributario por ilegitimidad de la persona que se presente como representante del recurrente ciudadano Francisco Silva Padrón, en su carácter de presidente de la firma DISTRIBUIDORA D`PROLIM, C.A. y así decide.