V
DECISIÒN
En razón de lo antes expuesto, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
1) SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por el ciudadano Joao Martinho de Nobrega e Caires, actuando en su carácter de administrador de la contribuyente PANADERÍA GRAN AVENIDA, C. A., asistido en este acto por el abogado Nelson Lugo Acosta, contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° GJT-DRAJ-2003-A-3773 del 03 de diciembre de 2003 la cual declaró sin lugar el recurso jerárquico interpuesto contra la Resolución N° GRTI-RCE-DFD-EF-ESP-E-503 del 20 de octubre de 1999, y la Planilla para Pagar (liquidación) Nº 1010012252191, emitida en la misma fecha, por concepto de multa por no cumplir el libro de ventas con los requisitos legales, exigidos por el SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), por un monto de bolívares s.....