En razón de las anteriores consideraciones, este Tribunal Superior Contencioso Tributario de la Región Central, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA ACCIÓN POR PERDIDA DE INTERÈS, en la demanda intentada por el ciudadano Pereira Cid José, titular de la cédula de identidad Nº V-2.071.794, en su carácter de representante legal de MOTEL EXCALIBUR, C.A., debidamente asistido por el abogado Alfredo Méndez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 96.660,