Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante sociedad de comercio DIMATEL C.A.; SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada sociedad de comercio INVERSIONES LIBERA 41 C.A., sociedad de comercio INVERSIONES ARKITEX C.A. y las ciudadanas CARMELA BATTAGLINO VENTRONE y FRANCA FILOMENA BATTAGLINO VENTRONESE; TERCERO: SE MODIFICA la decisión dictada en fecha 11 de mayo de 2015 por el Juzgado Décimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, CUARTO: SE ORDENA LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado en que se fije l.....